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Cambio climático y transición energética

¿NEUTRALIDAD CLIMÁTICA PARA EL 2050?

¡Aprobada la primera ley climática a España! Una ley que debería haber llegado antes. Llega tarde, pero ¡APOSTANDO!

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Esta ley fija una serie de metas que deben empezar a implementarse y fija una serie de objetivos que deben alcanzarse. Los cambios planteados son importantes, aún así debemos de ser precavidos y plantearnos si son suficientes para alcanzar el acuerdo de Paris de cambio climático para 2030, pues no habrá dos oportunidades.

¿Son lo suficientemente ambiciosos para alcanzar lo que realmente el país necesita?

Tratamos de resumir los puntos más destacado de esta nueva ley, además de que os cuestionéis algunos aspectos:

Gases efecto invernadero: El conjunto de la economía española deberá reducir la emisión de gases al menos un 23% para el 2030, respecto a las de 1990.
¿No debería ser el 55% que marca la EUROPA?
Energías de origen renovables: Alcanzar un consumo de energías de origen renovable mínimo un 42% (frente a cerca del 20% actual). 
Pero, ¿es esto suficiente? Es necesario revertir la carbonatación del planeta para lograr un clima estable, fundamental para la recuperación de la biodiversidad.
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Sistema eléctrico: Promoverá movilizar más de 200.000 millones de euros de inversión en la década del 2020. Estas oportunidades deben asegurar la consecución de la neutralidad de las emisiones de gases de efecto invernadero en España antes del año 2050.
Pero, ¿Debemos implementar las renovables a cualquier precio? La especulación ha llegado al sector, desarrollando macro proyectos en entornos naturales, destruyendo sus recursos renovables como el paisaje, la continuidad de la masa forestal, la oscuridad del cielo, la biodiversidad y los espacios libres de la acción humana.
Eliminación de la venta de vehículos ligeros: Para 2030 el objetivo es la inserción de vehículos matriculados con nulas o bajas emisiones directas de CO₂, siendo la fecha tope 2040 para que turismos y vehículos comerciales ligeros reduzcan sus emisiones hasta los 0g CO₂/KM. Esta ley también intenta abordar la tendencia del cambio de movilidad, con la finalidad de que tanto la sociedad como el sector industrial apueste por los vehículos eléctricos.
Pero, ¿Son los vehículos eléctricos las solución definitiva?. Los componentes de las baterías provienen de recursos no renovables, además de los residuos generados de procesado complicado.
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Planes de movilidad sostenible: Todos los municipios de más de 50.000 habitantes deberán adoptar planes de movilidad sostenible, esto representa más de un 50% de la población. 
¿Obligará a que las ciudades transformen radicalmente sus espacios y su movilidad?
Puesto de recargas: Las gasolineras deberán incluir puntos de cargas de coches eléctricos, así como todos los edificios residencial con más de 20 plazas de aparcamiento que no pertenezcan a uso privativo, deberán contar con infraestructuras de recarga.
¿Provendrá la energía eléctrica de fuentes renovables?
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Educación Ambiental: La educación ambiental entra por primera vez en juego y se presenta como un eje transversal para todo el currículum académico.
“La Ley incluye la creación de una Asamblea Ciudadana de Cambio Climático que podría ayudar a concienciar a la población, además de involucrarla en la actividad política”
¿Y si evolucionamos el concepto teórico de educación ambiental, por la conciencia ambiental, en busca de la mente híbrida?
Prohibidas las extracciones de hidrocarburos: Quedarán prohibidas las nuevas exploraciones y proyectos de extracción de hidrocarburos en España.

¿Y su circulación y distribución, origen de desastres ambientales como el desastre del Prestige?

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Rehabilitación de edificios, en especial los habitados por personas en situación de vulnerabilidad: Rehabilitar los edificios para conseguir un mayor ahorro en los hogares, que deberán ser coherentes con los objetivos de eficiencia, de gestión de la demanda y de renovables. Con «especial» atención a los edificios habitados por personas en situación de vulnerabilidad.
¿Para cuando la administración pública generalizará la construcción de edificios bioclimáticos, como los nuevos colegios, centros médicos, edificios municipales, etc.?
Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático: El Gobierno deberá aprobar cada cinco años un «plan nacional de adaptación al cambio climático“, la identificación y evaluación de impactos previsibles y riesgos para varios escenarios posibles.
    – Una evaluación de la “vulnerabilidad de los sistemas naturales, de los territorios, de las poblaciones y de los sectores socioeconómicos”
      – Y una “estrategia específica de conservación y restauración de ecosistemas y especies especialmente sensibles a los efectos del cambio climático”.
¿Cuándo nos ponemos manos a la obra? Más de 30 especies se han extinguido en España, que se sepa, en las últimas décadas.
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El sector empresarial, implicado en rebajar las emisiones: Las empresas con actividad en el territorio nacional deberán calcular y publicar su huella de carbono. Además, deberán elaborar y publicar un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
El gobierno dispone del plazo de un año para definir la tipología de empresas obligadas a emitir dicho informe. Eso sí, no contempla ningún tipo de sanción, lo que hace que el cumplimiento de los objetivos este menos garantizado.
¿Sancionar o cobrar los costes reales de reparar los daños ecológicos propios de la actividad humana?
¿ Cual es la emision de CO2 por categoria

Que opináis sobre este plan. ¿Creéis que es suficiente para alcanzar lo que realmente el país necesita? ¿Qué otros aspectos podíamos incluir en este plan? ¿Son realistas?

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